Por Carlos Martínez Macías
En el estado que mantiene el primer lugar de personas desaparecidas en México, el Manual de Información para Víctimas de Desaparición de Jalisco, no pasaría la prueba del ácido.
El documento, que es una herramienta del Sistema de Información Sobre Víctimas de Desaparición (Sisovid), es un compendio de buenas intenciones, mejores prácticas, recomendaciones diligentes y enumeraciones del “deber ser” de las autoridades responsables de atender el fenómeno.
Las recomendaciones se ubican en cinco apartados: Primero, prevención, seguridad y autocuidado; segundo, medidas de reacción en caso de sospecha de desaparición; tercero, la denuncia, ¿qué hacer y a dónde ir?; cuarto, ¿cuáles son las obligaciones de las autoridades? y quinto, instancias para recibir información, servicios y atención a las víctimas.
Para disminuir el riesgo, sugiere hacer caso al instinto y alejarte de sitios intranquilos y si te encuentras en estado etílico (borracho) que te impida reaccionar ante un riesgo, procura que te acompañe una persona de confianza.
Recomienda descargar aplicaciones de monitoreo en tiempo real, como Life 360, Whats App o Telegram y compartir tus viajes en plataformas de taxis ejecutivos.
Y ante el cúmulo de restos que se acumulan en el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, el manual también sugiere algunas medidas para facilitar la identificación en lo que llaman “plan de autocuidado”.
Cada miembro de una familia, deben elaborar un archivo que contenga lo siguiente:
Datos personales, como nombre y domicilio; fotografías de cuerpo completo y señas particulares; filiación descriptiva, como estatura, talla de zapatos, peso, color de piel; datos del teléfono celular; datos de tarjetas bancarias; datos del automóvil, como placas y número de serie; ubicación y descripción de tatuajes, cicatrices y lunares; redes sociales con sus contraseñas e IMEI de celular, número y compañía.
Y ante la sospecha de una desaparición, el manual pide guardar la calma –el documento fue corregido, ya que antes recomendaba comer y dormir bien–, generar una hipótesis de lo que pudo haber sucedido y después buscar en Locatel, hospitales, centros de detención, Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses y albergues.
En caso de presentar denuncia, señala que las autoridades deben ajustarse a las debidas diligencias, ya que están obligadas a actuar con prontitud, en un plazo razonable y cumplir con la ayuda, atención, asistencia, derecho a la verdad, justicia y reparación integral.
La autoridad competente debe garantizar su desarrollo de manera autónoma, independiente, inmediata, imparcial, eficaz y la investigación debe realizarse con oportunidad, exhaustividad, respeto de derechos humanos y máximo nivel de profesionalismo.
También reitera que están obligados a que la indagatoria sea inmediata, pronta, diligente, sin prejuicios, estratégica, proactiva, contextual, empática, protegida, exhaustiva, participativa, coordinada y sin obstrucciones.
Cuando existan elementos para suponer que una víctima de desaparición forzada se encuentra retenida en una instalación oficial, las autoridades señaladas deben permitir la inspección ministerial inmediata en la totalidad de las instalaciones…
La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ), emitió la recomendación 031/2023, en contra de varias autoridades, por omisiones en el caso de la desaparición de Héctor Daniel Flores Fernández, ocurrida el 18 de mayo de 2021.
La Fiscalía remitió a la Comisión de Búsqueda una ficha de la desaparición y comenzó a investigar 15 días después, pero no se asignó mando y conducción de la indagatoria. Un año después apenas se elaboró un plan de investigación.
Por todo esto, la CEDHJ acreditó el desinterés de las autoridades y la violación de los derechos humanos de las víctimas de esta desaparición.
Todo lo contrario, a lo que reza el manual.