Un delito electoral es cualquier acción u omisión que ponga en peligro el desarrollo de la función electoral y que atente contra el voto. Recordemos que este debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
En caso de cometer uno de ellos las sanciones dependen del tipo de cargo que representen.
Si es una persona sin cargo en la función electoral, los cargos pueden ser de cincuenta a cien días de multa y de seis meses a tres años de prisión.
Si es un ministro de un culto religioso, los cargos son de cien hasta quinientos días de multa.
Si es un funcionario electoral, los cargos van de cincuenta a doscientos días de multa más prisión de dos a seis años.
En caso de ser funcionario partidista o candidato, la multa es de cien a doscientos días con prisión de dos a seis años.
En caso de ser servidora pública, la multa es de doscientos a cuatrocientos días y prisión de dos a nueve años.
Si es diputado, se realizará la suspensión de derechos políticos hasta por seis años.
Estos son los delitos electorales que puede cometer un ciudadano:
Votar sin cumplir con la ley
Votar más de una vez en la misma elección
Hacer proselitismo en el interior de las casillas o en la fila de votación
Obstaculizar o interferir con el mecanismo de votaciones y escrutinio de los funcionarios electorales
Recoger o retener una o más credenciales de los ciudadanos cuando no es su función
Comprar el voto con pagos, promesas de dinero, compensaciones, amenazas o presione a otro a votar o a abstenerse de votar
Solicitar evidencia del voto emitido
Votar o pretender votar con una credencial de la cual no sea el titular
Organizar una reunión para influir en el sentido del voto
Poner al alcance documentación que no deba ser publica
Tomar o destruir documentos u objetos y equipos necesarios para el mecanismo electoral
Publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas durante los tres días previos a la elección y hasta el cierre oficial de las casillas
Atentar contra la libertad del sufragio
Abrir los paquetes electorales sin que sea parte de sus obligaciones
Proporcionar fondos provenientes del extranjero a cualquier partido o político
Expedir facturas en nombre de un partido político alterando el costo
Usurpar el carácter de funcionario de casilla
Proveer bienes y servicios a las campañas sin ser parte del padrón de proveedores autorizado
Así que es importante que los ciudadanos denuncien ante la autoridad, cualquier delito presenciado. Las elecciones se realizarán el próximo domingo 2 de junio del 2024.