Pese a que en el conflicto del ejido El Zapote intervienen demasiadas manos, las tácticas dilatorias parecen ser la estrategia central para eludir el pago de 307 hectáreas arrebatadas ilegalmente a los ejidatarios desde 1951.
Aunque la instancia del litigio se encuentra en la etapa de presentación de un peritaje para que el juez ordene a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) el pago de las tierras expropiadas irregularmente en 1975, ha sido una larga espera de los ejidatarios por conseguir que el gobierno federal cumpla con la resolución del juicio de amparo 1788/2009 que ordena la indemnización de las tierras al núcleo agrario mediante una figura legal llamada incidente sustituto.
El 22 de febrero de 2019, el perito Armando Javier Espinosa Pérez, especialista en valuación con cédula 09289206 a petición de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), realizó un avalúo en el que determina que las tierras tenían un valor comercial de 14 millones 755 mil pesos cuando fueron expropiadas en 1975 y que para enero de 2019 a valores actualizados, costarían 61 millones 761 mil pesos.
Pero en el mismo Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo en el juicio de amparo 1788/2009, se incluye el peritaje presentado por Víctor Manuel escoto García, perito oficial de la Judicatura con cédula 3193766, quien a petición del ejido realiza un avalúo que arroja que los terrenos que ocupa el aeropuerto internacional de Guadalajara, tendrían un valor actualizado de 3 mil 272 millones de pesos.
El mismo perito en otro documento anexo entregado al mismo juzgado, establece que a lo largo de estas décadas los ejidatarios fueron afectados por la ocupación de los terrenos y fueron impedidos de realizar su labor agrícola, por lo cual estima que los perjuicios ascienden a 947 millones 903 mil pesos.
En total, entre la valuación de los terrenos y los perjuicios, los ejidatarios reclaman el pago de 4 mil 219 millones 903 mil pesos.
Sin embargo, un tercer avalúo realizado por Roberto Delgadillo López, con cédula 5907154, a petición de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como del tercer interesado (sic) Aeropuerto de Guadalajara, S.A. de C.V., concluye que las 279 hectáreas que ampara el decreto expropiatorio (superficie que se encuentra dentro de las 307 hectáreas ocupadas), tendrían un valor actualizado de 40 millones de pesos.
Los ejidatarios impugnaron el dictamen pericial en materia de valuación razón por la cual la judicatura federal designó a Jorge Morett Ramírez quien tras distintas prórrogas desde el mes de enero, apenas habría concluido la valuación de los predios en disputa.
En la danza de cifras en las que se ha convertido el conflicto, hay circunstancias muy singulares. Por ejemplo, si se atiene al avalúo de la Sedatu que plantea 61 millones de pesos, cada metro cuadrado de las 279 hectáreas que señala el decreto expropiatorio se pagarían a 22 pesos; en tanto que si se aplica la valuación de la SCT que propone el pago de 40 millones de pesos, el metro cuadrado se estaría pagando a 14.50 pesos.
No obstante, el mejor ejemplo de la disparidad de la autoridad federal, ocurre con otras tierras ocupadas por el aeropuerto al ejido Santa Cruz del Valle, a quien ofrecen pagar 101 hectáreas a razón de 650 pesos por metro cuadrado. Es decir, poco más de 650 millones de pesos.
Curiosamente, el ofrecimiento de fecha 29 de enero de 2019 dentro del juicio de amparo 528/1997 presentado ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, no considera las 196 hectáreas que ya tiene en posesión el aeropuerto pero que no ha cubierto la indemnización. Sólo quieren pagar las 101 hectáreas aún en posesión del ejido ya que les urge construir la segunda pista de la terminal aérea.
El dictamen de valuación fue elaborado por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), que sugirió un pago mínimo de 488 y un máximo de 650 pesos por metro cuadrado.
Entre las linduras de los trabajos de valuación, destacan que los criterios tomados fueron valores comerciales agrícolas y sin tomar en cuenta las edificaciones del aeropuerto.
Pero la Ley Federal Agraria determinaba que la indemnización de las tierras deberá ser a valores comerciales actualizados y para el objetivo final que se perseguía con la expropiación, es decir, ampliar un aeropuerto.
Además, aunque la expropiación se realizó en 1975, las tierras fueron ocupadas en 1951 y en lo setentas cuando se expropian, el aeropuerto ya estaba construido.
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