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1,2,3 por El Zapotillo

Ni siquiera una “consulta” al estilo del presidente López Obrador podrían salvar a la presa El Zapotillo y al acueducto para la ciudad de León, Guanajuato, si se suman todas las cortinas que se han levantado en torno al proyecto.
La más reciente es la controversia constitucional 116/2018 que interpuso el Congreso del Estado de Jalisco contra las irregularidades en la entrega de derechos de vía y permisos de obra a la empresa Abengoa por parte de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP).
Los ministros rectificaron ya que en una primera instancia habían rechazado el recurso pero en la reclamación consideraron fundados los agravios.
Es la segunda controversia constitucional que pone freno a El Zapotillo, ya que la 93/2012 deja sin efecto el convenio de coordinación de 2007 que incluye la construcción de la presa El Zapotillo con una cortina de 105 metros de altura y mantiene el convenio de 2005 con una cortina de 80 metros de altura.
Sin embargo, los trabajos permanecen detenidos por otros recursos de amparos que obtuvieron suspensiones definitivas: 1045/2014, interpuesto por 84 habitantes de Temacapulín contra autoridades federales y estatales, para que la cortina se quede en 80 metros y no se inunde el poblado; el 1093/2014 de once “hijos ausentes de Temaca” que radican en Guadalajara, contra las mismas autoridades y por los mismos motivos y el 1046/2014 de Salvemos Temaca, A.C. en los mismos términos.
Como candidato a la presidencia, López Obrador dijo en Temacapulín textualmente lo siguiente sobre la presa: “No, no van a desaparecer los pueblos. Es un compromiso. Vamos a buscar una solución técnica porque también ya se ha invertido y no se puede desperdiciar el presupuesto, pero el compromiso es no inundar los pueblos”.
Y el primero de marzo pasado, en León, el jefe de gabinete, Alfonso Romo, reveló en una reunión con empresarios locales que hay luz verde para el proyecto de El Zapotillo, pero que antes se tiene que convencer a los opositores de Jalisco.
No obstante, esta sería una tarea titánica para los opositores que suman ya una década de oponerse al embalse. Además, tendría que presionarse a la Suprema Corte de Justicia y al poder judicial para que resuelva el fondo de controversias y amparos; convencer a los quejosos en México y el extranjero (los hijos ausentes) que se desistan de sus recursos y por último iniciar procedimientos para dar legalidad a un proceso que hasta ahora ha sido completamente ignorado.
Se trata del acto jurídico de crear un nuevo centro de población que en teoría albergaría a los habitantes de Acasico, Palmarejo y Temacapulín que irremediablemente tendrían que ser reubicados si concluyen la presa aún con la cortina a 80 metros de altura.
De acuerdo con el artículo 49 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, para la fundación de centros de población se requiere la declaración expresa mediante decreto expedido por la legislatura local. Pero la misma ley se enreda al definir que federación, estado y municipios también lo pueden hacer.
El artículo 8 fracción XV, determina que corresponde a la Federación proponer a las autoridades federativas la fundación de centros de población; pero el artículo 10 fracción VI señala también que corresponde a las entidades federativas promover y decretar la fundación de nuevos centros de población a partir de propuestas de la Secretaría o los municipios y por último el artículo 11 fracción V, menciona que corresponde a los municipios proponer a las autoridades de las entidades la fundación y en su caso desaparición de centros de población.
Pero donde la situación se pone aún más compleja es que aunque en teoría los tres niveles pueden crear nuevos poblados, en la práctica esto es imposible ya que requieren que previamente el municipio determine su desaparición.
Es decir, Acasico debe desaparecer cuando lo dictamine Mexticacán, municipio al que pertenece; mientras que Palmarejo y Temacapulín, tendrían que desaparecer por determinación de Cañadas de Obregón.
El gobierno federal planea crear Talicoyunque y Nuevo Acasico, como los centros de población que alberguen a los habitantes de los tres pueblos inundados. Pero no será posible sin que primero se desaparezcan legalmente y la intervención de los municipios citados que deben solicitar al congreso que emita los decretos para estas fundaciones, como disponen los artículos 11, fracción V y 49 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

• Carlos Martínez Macías

Director General de Paralelo 20. Es un periodista de larga trayectoria en prensa, radio, televisión y medios digitales. Ha realizado coberturas especiales en México y el extranjero. Ganador del Premio Jalisco de Periodismo.

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