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Producer tags: del rap al regional mexicano

Por Ana Isabel Orozco Vázquez

Como disfruto tanto del arte, la música y la propiedad intelectual, decidí unirlo todo y platicar de ello en esta columna que lleva por nombre “De la P a la I”, haciendo referencia a las iniciales de la Propiedad Intelectual.

Ahora bien, entremos de lleno al tema, para lo cual, me permito revelarles que esta semana hablaremos de los PRODUCER TAGS (o “etiquetas de productor” en su traducción al español).

Es muy probable que no reconozcan el término a primera vista, pero estoy segura que más de alguno conoce los producer tags en la práctica. Para dar más claridad, les propongo algunos ejemplos, en especial para aquellos fanáticos del Hip-Hop/Rap:

  • Al inicio de la canción “23” de Mike WiLL Made-It, Miley Cyrus, Wiz Khalifa y Juicy J, podemos apreciar una voz que dice “Mike WiLL Made-It”, haciendo alusión a que el cantante “Mike Will” fue el productor responsable de la canción.
  • De igual forma, en la canción “Father Stretch My Hands Pt. 1” de Kanye West, pasados los primeros 30 segundos de ésta escuchamos la frase “If Young Metro don’t trust you I’m gon’ shoot you”; aquí el productor Metro Boomin incluye esta frase para indicar que es él quien la ha producido.

¿De qué les sirve usar producer tags?

Como quizá hayan concluido, las etiquetas de productor sirven para identificar quién es la persona responsable, ya sea de la creación de un beat, o de la producción de una canción. De esta forma el consumidor promedio de cierto género musical puede saber qué tipo de contenido o calidad esperar de determinada canción. Más aún, es usual que al escuchar una etiqueta de productor, ciertas personas creen expectativas incluso antes de escuchar la canción por primera vez.

Analicémoslos más a fondo…

Es precisamente en este punto donde vale la pena preguntarse ¿con qué finalidad un productor incluye sus tags en las canciones?, ¿Se trata de hacer conocida su autoría?, ¿Tal vez tiene fines publicitarios? o ¿Es un método para lograr que una casa productora tenga fama?

Considero que la respuesta se encuentra en la suma de todas las preguntas anteriores.

Quiero decir, a primera vista queda claro que el productor desea ser reconocido por su participación en la obra y esta es, sin duda, una manera muy efectiva de hacerlo.

Sin embargo, estimo que por el modo en que se han desarrollado estas etiquetas, adquiriendo fama por sí solas y siendo un medidor (subjetivo) de calidad en las canciones, su propósito inicial ha mutado.

Dicho de otra forma, más allá de atribuir autoría a un individuo, los producer tags ayudan a identificar el origen del producto final (la canción) y a asociarlo con la calidad del mismo. De esta manera, las etiquetas de productor ayudan a las canciones a posicionarse en el mercado con una facilidad mayor que aquellas que no tienen.

Suena muy parecido a la función que tienen las marcas registradas, ¿no es así? La función de la marca es dotar de distintividad a un signo para dar certeza al consumidor del origen y calidad de los productos o servicios que se ofrecen.

¿Cómo se relacionan estos tags con las marcas?

Con motivo de lo que acabo de mencionar, considero relevante traer a colación el artículo 171 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, que nos dice lo siguiente:

Artículo 171.- Se entiende por marca todo signo perceptible por los sentidos y susceptible de representarse de manera que permita determinar el objeto claro y preciso de la protección, que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.

Ahora bien, si hacemos un palomeo de los requisitos que nos pide este artículo para que un signo (en este caso, un producer tag) pueda ser considerado como marca, terminamos con lo siguiente:

> Los tags son perceptibles a través del oído

> Pueden representarse por escrito para quedar de forma clara y, finalmente

> Distinguen productos (canciones) y/o servicios (de producción)

En virtud de este razonamiento, pienso que los producer tags son susceptibles de protección en nuestra legislación bajo la figura de una “marca”. Pero si aún no los he logrado convencer, permítanme incluir un artículo más de la misma ley:

Artículo 172.- Pueden constituir una marca los siguientes signos:

(…)

V.- Los sonidos;

Como podrán ver, México prevé la protección de marcas no convencionales, entre las que se encuentra la marca auditiva. Es por esto que las etiquetas de productor podrían ser consideradas como marcas sonoras.

De hecho, si dirigimos la atención a otros países, podremos darnos cuenta de que ya hay discusiones al respecto. Por ejemplo, en Estados Unidos durante 2020, al cantante Pitbull le otorgaron el registro de dos marcas sonoras, mismas que representan su icónico grito “EEEEEEEYOOOOOO”. Una de éstas protege servicios de entretenimiento y la otra, grabaciones de canciones y videos musicales.

Ventajas, desventajas y retos Las ventaja principal de regular los producer tags es que de esta forma no estará permitido que terceras personas, sin autorización del titular, utilicen dichos sonidos dentro de sus canciones para aprovecharse de la fama y nombre adquiridos en el mercado por los productores. Asimismo, una adecuada protección de sus tags les otorgaría las herramientas jurídicas necesarias para combatir un uso indebido por parte de personas no autorizadas.

Por otra parte, como en todo, existe un lado oscuro, y si bien en este caso no considero que existan grandes desventajas a la propuesta de utilizar marcas como medios de protección, sí estoy segura de que puede resultar poco práctico para aquellos productores que tienen más de una etiqueta.

Está el caso de Metro Boomin, cuyos tags más famosos son “Metro Boomin want some more, ni**a”, “If Young Metro don’t trust you I’m gon’ shoot you” y “Metro!”; cada uno requeriría un registro individual, así como todos los que vaya creando con el tiempo. En este mismo sentido, la multiplicidad de tags puede generar confusión en el público, y eventualmente será más complejo identificar al productor detrás del tag.

Perspectiva en México

Recordemos la importancia de explorar estos temas dentro de nuestro país, pues si bien no es tan común escuchar cantantes mexicanos usando etiquetas de productor, tenemos el caso de los artistas de música regional mexicana que incluyen frases como “Christian Nodal” o “Es la MS, chiquitita” a la mitad de sus canciones para indicar quiénes son los intérpretes al micrófono.

Lo mismo está sucediendo con el rap mexicano, que suele incluir al inicio de sus canciones una frase con el nombre de la disquera que los ha apoyado, y seguramente esta tendencia irá aumentando en número así como en complejidad, una vez estudiada a profundidad. Por ahora, basta con saber de qué se trata y de qué forma México puede hacer frente a esta nueva práctica.

@anachabe1

isabel.orozco@ramirezpalos.com

• Ana Isabel Orozco

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Es abogada egresada de la Universidad Panamericana. Es entusiasta del vino, la música y el arte. Ha participado en diversos cursos de arte con Sotheby’s, así como en cursos de actualización de Propiedad Intelectual. Su práctica profesional está enfocada al área de Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

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